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Calle Villa Carlos Fonseca

PRECIO TERRENO
275000
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Arganda del Rey
,
Madrid
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Inmobiliaria Tagonia pone a la venta este solar urbano de 485 metros cuadrados que cuenta con luz y agua.

Art. 7.06.07. VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA (RUA).

1. Definición. La presente Ordenanza contiene la regulación de las edificaciones unifamiliares o bifamiliares con tipología de edificación aislada o adosada, con retranqueos respecto a todos los linderos o alineaciones oficiales establecidas. Su delimitación se contiene en la Serie de Planos de Calificación Pormenorizada 1:1000. Su aplicación será íntegra cuando en la serie de planos de Calificación Pormenorizada aparezca en solitario. Por el contrario se aplicará exclusivamente con carácter supletorio cuando aparezca entre paréntesis acompañando a otra Ordenanza de aplicación.

2. Clasificación en grados. Se contemplan dos grados, el primero regula las edificaciones unifamiliares aisladas o adosadas dos a dos, previa presentación de proyecto de edificación común o acuerdo de condiciones de adosamiento inscrito registralmente en ámbas parcelas con anterioridad a la solicitud de licencia de edificación. El segundo grado regula las adificaciones bifamiliares aisladas.

-Grado 1º: Vivienda unifamiliar aislada o adosada dos a dos.

-Grado 2º: Vivienda unifamiliar o bifamiliar aislada. La identificación de grados se contiene en la Serie de Planos de Calificación Pormenorizada 1:1000.

3. Condiciones de parcela. 3.1. Parcela mínima. La parcela mínima edificable será de 400 m2s en el Grado 1º y se 600 m2s en Grado 2º. La parcela bifamiliar no podrá ser dividida en forma (vallas, setos, etc.) o por procedimiento alguno (registral o catastralmente) debiendo asignar registralmente a cada vivienda independiente el coeficiente de copropiedad en la parcela. 3.2. Parcela máxima.

4. Condiciones de ocupación de parcela. 4.1. Porcentaje de ocupación máxima de parcela. Se podrá ocupar hasta un 30% de la parcela, teniendo que coincidir obligatoriamente las proyecciones verticales de todas las plantas, incluso sótano, de forma que siempre se asegure un mínimo del 70% de la parcela como suelo libre de edificación alguna. A estos efectos no tendrán la consideración de edificaciones las instalaciones de servicio a la propia vivienda, sean subterráneas o en superficie, tales como depuradoras, depósitos de combustibles, etc. Esta superficie deberá de ajardinarse dando prioridad a la plantación de especies arbóreas o arbustivas y a las superficies de terreno sin pavimentar, a fin de que contribuyan en la mayor medida posible a la reducción del efecto de reflexión calorífica inherente al medio urbano construido. Al efecto de dar puntual cumplimiento a estas recomendaciones habrá de tenerse en cuenta que la superficie máxima a ocupar por pavimentos será del 20% de la de la parcela.

No dudes en contactarnos para más información. [IW].

Sobre el terreno

  • Tipo de terreno
    Urbano
  • Superficie del terreno
    485
  • Tipo de cubierta
  • Ocupación
    121
  • Edificabilidad
    146
  • Precio del terreno
    275000

Viviendas para este terreno

Calle Villa Carlos Fonseca
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485
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